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ORD.N°279

ORD.N°279

Ordinarios

Sistema electrónico de registro y control de asistencia.

27-may-2026

El sistema de registro y control de asistencia denominado “Asispass”, consultado por la empresa Automatismos Lau Limitada, RUT Nº76.203.475-1, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

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Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E5074 / 2026

 

ORDINARIO Nº: 279

 

ACTUACIÓN:

Aplica doctrina.

 

MATERIA:

Sistema de registro y control de asistencia.

 

RESUMEN:

El sistema de registro y control de asistencia denominado “Asispass”, consultado por la empresa Automatismos Lau Limitada, RUT Nº76.203.475-1, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

 

ANTECEDENTES:

1)Instrucciones de 20.05.2026 de Jefe (S) de Departamento Jurídico.

2)Correo electrónico de 18.02.2026 de Departamento de Tecnologías de la Información.

3)Presentación de 07.03.2026 de XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, en representación de empresa Automatismos Lau Limitada.

 

 

SANTIAGO, 27 MAYO 2026

 

DE:JEFE (5) DEPARTAMENTO JURÍDICO

 

A: SRES.AUTOMATISMOS LAU LIMITADA

FRANCISCO BILBAO Nº2942 PROVIDENCIA

desarrollo@automatismoslau.el

 

Mediante la presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024.

 

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó un informe de certificación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía., Rut 76.201.051-8 y firmado por el XXXXX XXXXX XXXXX.

 

En tal contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 33 del Código del Trabajo y artículo 68º de la Resolución Exenta Nº38, se procedió a analizar los antecedentes presentados, cuyo resultado es el siguiente:

 

a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analiza el cumplimiento de las exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos.

 

Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.

 

b) Análisis de los aspectos informáticos: En esta etapa se examina el cumplimiento de las condiciones relativas a la arquitectura del software, seguridad, integridad y respaldo de la información, base de datos, alertas, etc.

 

Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.

 

c) Análisis de los aspectos jurídicos: En esta instancia se revisan las exigencias asociadas a la emisión de reportes de fiscalización.

 

Conclusión: La documentación presentada se ajusta a las exigencias vigentes.

 

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la norma legal citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Asispass”, consultado por la empresa Automatismos Lau Limitada, RUT Nº76.203.475-1, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.

 

 

Saluda atentamente a Ud.,

 

 

PABLO REYES CARREÑO

ABOGADO

JEFE DE DEPARTAMENTE JURÍDICO

DIRECCIÓN NACIONAL

 

RCG

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– Jurídico;

– Partes;

– Control;

Última actualización el dia 17 de Junio de 2026 por RedRRHH

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